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Actualización de datos en el Registro de Franquiciadores

Actualización de datos en el Registro de Franquiciadores

El Real Decreto 201/2010, establece las siguientes obligaciones de comunicación de actualización de información:

• Variación en los datos: Los franquiciadores inscritos deben comunicar al Registro de Franquiciadores de la Dirección General de Comercio, cualquier alteración producida en los datos que consten en el plazo de tres meses desde que se produzca.

• El cese de la actividad franquiciadora ha de comunicarse en el momento en que tenga lugar.

• Actualización de carácter anual: todos los años, los franquiciadores tienen la obligación de comunicar las aperturas o cierres de establecimientos propios o franquiciados producidos durante la anualidad anterior.  

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